Contrato de arras paso a paso: desde la negociación hasta la firma
El contrato de arras es un
acuerdo común al comprar una vivienda, utilizado como garantía del compromiso
de compraventa. Este contrato permite al comprador adelantar una parte del
precio del inmueble como reserva, dejando por escrito su interés en adquirirlo.
Existen diferentes tipos de contratos de arras, cuyas características varían
según las condiciones y consecuencias acordadas en caso de incumplimiento. En Finques Polinyà te explicamos en qué
consiste paso a paso.
¿Qué es un contrato de arras?
Es un acuerdo privado entre
comprador y vendedor en el que ambas partes formalizan su intención de realizar
la compraventa de un inmueble. En este documento se detalla el precio, las
condiciones y el plazo para completar la operación, y el comprador entrega una
suma de dinero como señal.
¿Cuál es su utilidad?
El contrato de arras
garantiza que ninguna de las partes pueda retractarse sin asumir consecuencias
económicas. Si el comprador desiste, pierde la cantidad entregada; si el
vendedor incumple, suele estar obligado a devolver el doble del importe
recibido.
¿Qué información debe incluir?
Un contrato de arras debe
incluir:
●
Datos de las partes y del inmueble.
●
Precio y forma de pago.
●
Importe de las arras y su deducción del
precio final.
●
Fecha límite para formalizar la escritura
de compraventa.
●
Consecuencias de incumplimientos y reparto
de gastos notariales y registrales.
Tipos de contratos de arras
●
Confirmatorias:
Comprometen a cumplir el contrato, permitiendo reclamar daños en caso de
incumplimiento.
●
Penitenciales:
Permiten desistir, aunque implican la pérdida de las arras o su devolución
duplicada.
●
Penales:
Además de la compensación económica, pueden exigir el cumplimiento del
contrato.
Otros aspectos clave
El importe de las arras
suele ser el 10% del valor del inmueble, aunque puede negociarse. Este contrato
no es obligatorio, pero resulta recomendable para dar seguridad a la operación.
Además, su vigencia suele ser de hasta seis meses, con posibilidad de prórroga
si ambas partes lo acuerdan.
En el ámbito tributario,
las arras forman parte del precio final de la compraventa y tienen
implicaciones fiscales para ambas partes, según el resultado de la operación.