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Topes al alquiler: Cataluña añade 131 municipios a la lista de zonas tensionadas

Ahora son 271 los municipios catalanes que aplicarán la contención de las rentas, abarcando el 90% de la población. El 3 de julio, la Conselleria de Territorio publicó en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (Dogc) la declaración de 131 nuevos municipios como zonas de mercado residencial tensionado, con el objetivo de aplicar topes al alquiler. Estos trámites se iniciaron en abril y en Finques Polinyà te contamos las novedades con respecto a los nuevos topes al alquiler.

 

Según un comunicado oficial, la Generalitat ha enviado esta declaración al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana para su publicación y posterior entrada en vigor. Estos 131 municipios se suman a los 140 que ya habían sido declarados zonas tensionadas en agosto del año pasado.

 

En total, Cataluña contará con 271 municipios donde se implementará la contención de las rentas, abarcando a más de 7 millones de personas, lo que representa el 90% de la población.

 

En un acto en Camprodon (Girona), donde presentó viviendas de alquiler con protección oficial, la consellera de Territorio, Ester Capella, expresó su esperanza de que el Gobierno no demore siete meses en publicar la declaración, como ocurrió anteriormente.

 

Capella afirmó que esta nueva declaración es un paso importante para "sacar la vivienda de la lógica del mercado" y garantizar el derecho fundamental a una vivienda digna.

 

¿Cómo afecta a los municipios? La ampliación se dirige a municipios con más de 2.000 habitantes donde las familias destinan más del 30% de sus ingresos al alquiler o hipoteca, o donde el precio de las viviendas ha aumentado en al menos 3 puntos por encima del IPC en los últimos cinco años.

 

En estas zonas tensionadas, el alquiler de nuevos contratos no podrá superar el precio del último contrato vigente en los últimos cinco años, una vez aplicada la cláusula de actualización anual de ese contrato.

 

Además, en el caso de grandes tenedores —propietarios con cinco o más inmuebles—, el alquiler no podrá exceder el Índice de referencia del precio del alquiler.