Claves para alquilar con éxito tu vivienda de vacaciones

La OCU cuenta con una plataforma online denominada ciudadano colaborativo y pionera en Europa, surgida para buscar el acercamiento entre aquellos ciudadanos que están buscando un producto y los que los ofrecen, junto con información práctica para ambos.
Con respecto al sector inmobiliario, esta plataforma ofrece información del alquiler vacacional tanto para propietarios como para inquilinos.
En Finques Polinyà te damos las claves para poder alquilar con éxito tu vivienda de vacaciones.
Estos son los aspectos a considerar como propietario
Si eres propietario y quieres poner tu vivienda vacacional en alquiler tienes que tener en cuenta estos requisitos:
Conocer
la regulación autonómica con la presentación de una
declaración responsable y todos los
documentos que acrediten que el inmueble está en perfectas condiciones:
licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad, incluyendo la hoja de
reclamaciones y el registro de huéspedes, así como una placa identificativa.
Tener
en cuenta el tipo de vivienda: no a todas las viviendas les afectan este
tipo de regulaciones, ya que en la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos),
establece que el alquiler de una casa vacacional es en la cesión temporal de
uso de la totalidad de esa vivienda amueblada y equipada para su uso inmediato,
promocionada como oferta turística y con finalidad lucrativa.
Establecer
el público objetivo: ya que no es lo mismo alquilar a personas
conocidas que la necesidad de crear un anuncio en la web y publicitar la
vivienda.
Contar
con la comunidad de vecinos: es fundamental que haya consentimiento
por parte de la comunidad de vecinos porque de estar prohibido, no se podrá
realizar el alquiler turístico.
Declarar
los ingresos: el propietario tendrá que declarar en
Hacienda todos los ingresos que recibe por medio del arrendamiento de su
inmueble con el IRPF.
Prohibiciones:
existen comunidades donde no se pueden alquilar viviendas por habitaciones,
aunque en el caso de la normativa catalana no está regulado. Tampoco se puede
alquilar donde haya una prohibición urbanística.