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Piscina y morosidad: ¿se pueden imponer restricciones por deudas?

En los calurosos días de verano, la piscina comunitaria se convierte en un refugio muy apreciado. Sin embargo, el uso de esta área común puede generar conflictos, especialmente si algunos residentes tienen deudas con el propietario. Este problema, que entrelaza cuestiones legales y de convivencia, es importante y merece un análisis detallado de los aspectos legales involucrados, que te explicamos en Finques Polinyà.

 

¿Puedo utilizar la piscina si tengo un piso alquilado?

La posibilidad de que un inquilino use la piscina comunitaria depende del acuerdo específico entre el arrendador y el arrendatario. Si el contrato de alquiler incluye el derecho a utilizar la piscina, el inquilino podrá disfrutar de esta instalación. En caso contrario, el propietario mantendrá ese derecho. Es habitual que tanto el propietario como el inquilino no puedan usar la piscina simultáneamente durante la vigencia del contrato, a menos que los estatutos de la comunidad permitan lo contrario y establezcan un uso compartido.

 

Si un inquilino incumple las normas de uso de la piscina, la comunidad de propietarios puede reclamar al propietario y, en casos graves, tomar acciones legales contra el inquilino.

 

¿Puede un inquilino usar la piscina comunitaria?

Un inquilino tiene derecho a disfrutar de la vivienda y de todas las áreas y servicios incluidos en el arrendamiento, como trasteros y plazas de garaje, conforme al artículo 2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Si el propietario ha autorizado el uso de la piscina en el contrato de arrendamiento, el inquilino puede usarla. En ausencia de tal autorización, solo el propietario podrá utilizarla, especialmente en comunidades donde el propietario no tiene acceso personal a la piscina.

 

¿Se puede restringir el uso de la piscina a inquilinos morosos?

La jurisprudencia sobre el uso de la piscina comunitaria y la morosidad de inquilinos es limitada. La Ley de Propiedad Horizontal de 2022 permite a la junta de propietarios adoptar medidas contra la morosidad, incluyendo la prohibición temporal de servicios como la piscina, siempre que tales medidas sean razonables y no afecten la habitabilidad de los inmuebles. Así, si se limita el acceso del propietario a la piscina por impago, esta restricción también se aplicaría al inquilino, dado que sus derechos están ligados a los del propietario. Esta medida no compromete la habitabilidad de la vivienda, a diferencia de otras instalaciones esenciales como el ascensor.