Piscina y morosidad: ¿se pueden imponer restricciones por deudas?

En los calurosos días de
verano, la piscina comunitaria se convierte en un refugio muy apreciado. Sin
embargo, el uso de esta área común puede generar conflictos, especialmente si
algunos residentes tienen deudas con el propietario. Este problema, que entrelaza
cuestiones legales y de convivencia, es importante y merece un análisis
detallado de los aspectos legales involucrados, que te explicamos en Finques Polinyà.
¿Puedo utilizar la piscina si tengo un piso alquilado?
La posibilidad de que un
inquilino use la piscina comunitaria depende del acuerdo específico entre el
arrendador y el arrendatario. Si el contrato de alquiler incluye el derecho a
utilizar la piscina, el inquilino podrá disfrutar de esta instalación. En caso
contrario, el propietario mantendrá ese derecho. Es habitual que tanto el
propietario como el inquilino no puedan usar la piscina simultáneamente durante
la vigencia del contrato, a menos que los estatutos de la comunidad permitan lo
contrario y establezcan un uso compartido.
Si un inquilino incumple
las normas de uso de la piscina, la comunidad de propietarios puede reclamar al
propietario y, en casos graves, tomar acciones legales contra el inquilino.
¿Puede un inquilino usar la piscina comunitaria?
Un inquilino tiene derecho
a disfrutar de la vivienda y de todas las áreas y servicios incluidos en el
arrendamiento, como trasteros y plazas de garaje, conforme al artículo 2 de la
Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Si el propietario ha autorizado el uso de
la piscina en el contrato de arrendamiento, el inquilino puede usarla. En
ausencia de tal autorización, solo el propietario podrá utilizarla,
especialmente en comunidades donde el propietario no tiene acceso personal a la
piscina.
¿Se puede restringir el uso de la piscina a inquilinos morosos?
La
jurisprudencia sobre el uso de la piscina comunitaria y la morosidad de
inquilinos es limitada. La Ley de Propiedad Horizontal de 2022 permite a la
junta de propietarios adoptar medidas contra la morosidad, incluyendo la
prohibición temporal de servicios como la piscina, siempre que tales medidas
sean razonables y no afecten la habitabilidad de los inmuebles. Así, si se
limita el acceso del propietario a la piscina por impago, esta restricción
también se aplicaría al inquilino, dado que sus derechos están ligados a los
del propietario. Esta medida no compromete la habitabilidad de la vivienda, a
diferencia de otras instalaciones esenciales como el ascensor.